La Secretaría de Movilidad (Semovi) estableció nuevas tarifas máximas para los servicios de grúas en Tabasco, con el objetivo de impedir cobros excesivos por arrastre, remolque, salvamento y depósito vehicular.
Para el traslado de un automóvil dentro de una zona urbana, el cobro no podrá superar los 843 pesos. Las empresas podrán ofrecer precios menores, pero tendrán prohibido rebasar los montos autorizados o acumular cargos indebidos.
El titular de la Semovi, Rafael Elías Sánchez Cabrales, explicó que la regulación entró en vigor como parte de las reformas a la Ley de Movilidad de Tabasco contenidas en el Decreto 262.
¿Cuánto costará el arrastre urbano en Tabasco?
Las tarifas máximas dependerán del tipo y tamaño del vehículo trasladado:
- Automóviles, sedanes, combis, paneles, pick-up y estaquitas: 843 pesos.
- Camionetas de tres toneladas, minibuses y Express Van: mil 124 pesos.
- Camiones de coraza y volteos: 2 mil 248 pesos.
- Camiones de redilas de dos ejes y plataformas: 2 mil 810 pesos.
- Tráileres: 2 mil 810 pesos.
- Semirremolques: 5 mil 620 pesos.
Cuando el servicio urbano requiera circular por caminos de terracería o trasladar un vehículo con carga, podrá aplicarse un recargo de 25% sobre la tarifa correspondiente.
Arrastres en carretera se cobrarán por kilómetro
En las carreteras estatales, el costo se calculará mediante un banderazo inicial y una tarifa por cada kilómetro recorrido.
Las cantidades máximas autorizadas son:
- Grúa tipo A: 742.81 pesos de banderazo y 26.44 pesos por kilómetro.
- Grúa tipo B: 853.44 pesos de banderazo y 28.97 pesos por kilómetro.
- Grúa tipo C: mil 14.11 pesos de banderazo y 32.98 pesos por kilómetro.
- Grúa tipo D: mil 244.61 pesos de banderazo y 45.45 pesos por kilómetro.
Si la ruta comprende tramos pavimentados y de terracería, el costo base se calculará sobre la distancia total. El recargo de 25% únicamente podrá aplicarse a los kilómetros recorridos sobre caminos sin pavimentar.
Prohíben cobros superiores a las tarifas
Sánchez Cabrales señaló que los montos publicados representan límites máximos y no tarifas obligatorias. Esto significa que los prestadores podrán cobrar menos, pero no superar las cantidades establecidas.
La regulación también clasifica las maniobras de salvamento según su complejidad. Estos servicios se cobrarán exclusivamente por evento para evitar que se acumulen conceptos injustificados.
El depósito o custodia de los vehículos se calculará por cada día natural de resguardo y estará expresado en Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que permitirá ajustar su valor conforme a las actualizaciones legales.
Usuarios podrán denunciar cobros indebidos
La Semovi pondrá a disposición de la ciudadanía el tabulador oficial para que los propietarios conozcan cuánto pueden cobrarles las empresas de grúas.
La dependencia pidió a los usuarios revisar los conceptos incluidos en sus comprobantes y denunciar cualquier cantidad que rebase las tarifas autorizadas.
La reforma también obliga a los prestadores a respetar el rol de servicio vigente, emitir el comprobante fiscal correspondiente y trasladar vehículos al depósito únicamente cuando exista una causa legal.

