Armagedón
“¡Ay del que multiplicó lo que no era suyo! ¿Hasta cuándo había de acumular sobre sí prenda tras prenda?”
Habacuc 2:6
Alfredo A. Calderón Cámara
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En el conflicto de la Antojería Food Park no es únicamente una disputa por la desocupación de un área verde en el Parque La Choca. Estamos ante un caso que, dadas las irregularidades denunciadas, deja sentir un mecanismo de explotación privada del patrimonio público, sostenido durante años por la opacidad, la negligencia institucional adancista y una cadena de silencios gubernamentales en el sexenio anterior como para ser considerada accidental
El caso no debe reducirse al desalojo de unos comerciantes. El verdadero escándalo está en que esta área verde había sido convertida durante años en una fuente privada de rentas y beneficios ilegales, mientras varias dependencias del sexenio anterior observaron, toleraron o fingieron no ver. Porque en Tabasco la ilegalidad rara vez entra derribando puertas: normalmente llega con un oficio temporal, se instala con unas mesas y termina cobrando mensualidades como si el patrimonio colectivo hubiera sido heredado en testamento
Puede hablarse de indicios graves, de una administración irregular de bienes públicos y de una estructura de cobros cuya legalidad debe ser esclarecida. La presunción de inocencia no obliga a la sociedad a cerrar los ojos frente a documentos vencidos, rentas privadas y omisiones públicas, el Instituto de la Juventud y el Deporte de Tabasco a cargo de Sheyla Guadalupe Cadena Nieto otorgó en 2019 la autorización INJUDET/DID/049/2019 con vigencia del 20 de febrero al 30 de junio de ese mismo año
El permiso temporal, intransferible y sin capacidad alguna para generar derechos permanentes sobre el predio. No existe evidencia pública de una renovación posterior que justificara la ocupación durante todos los años siguientes. El caso plantea una pregunta demoledora: ¿Cómo pudo una autorización de poco más de cuatro meses convertirse en una explotación comercial a particulares en aproximadamente siete años? Siguen brotando los renglones torcidos de Adán Augusto
Entendamos: un permiso temporal no es una concesión. No es un contrato de arrendamiento de largo plazo. No es un título de propiedad. No es una patente para subdividir un bien público y cobrar renta a terceros. Pretender lo contrario sería jurídicamente tan absurdo como rentar oficinas para habitaciones en Palacio de Gobierno porque alguna vez se recibió autorización para instalar una carpa en el patio
El dato más delicado no es solamente que el permiso hubiera vencido en junio de 2019. Lo verdaderamente grave es que, después de esa fecha, el proyecto aparentemente continuó creciendo, incorporando establecimientos, generando cobros mensuales y consolidándose ante comerciantes y consumidores como si contara con una situación jurídica regular. Ahí aparece la posible mecánica del engaño. Los locatarios no llegaron espontáneamente a invadir el predio
Encandilados por Edén Caraveo Carvalho pagaron por ocupar espacios. Invirtieron en cocinas, estructuras, mobiliario, refrigeradores, instalaciones eléctricas, anuncios, permisos y mercancía. Algunos construyeron sus negocios prácticamente desde cero. Es razonable que confiaron en que quien administraba el complejo tenía facultades suficientes para ofrecerles esos espacios. El hecho de que los comerciantes pagaran puntualmente no vuelve legal la fraudulenta ocupación. Pero sí los coloca, como víctimas económicas de una relación contractual edificada sobre una autorización ficta, insuficiente, vencida o inexistente
La celebración de contratos de renta sin contar con facultades legales para disponer del inmueble, no es solamente un problema administrativo entre el Gobierno y un particular. Podrían existir consecuencias civiles, fiscales, administrativas y eventualmente penales. La irregularidad tendría varias dimensiones: 1) el cobro a terceros por utilizar un bien que no pertenecía al administrador; 2) la celebración de contratos sin contar con un título jurídico vigente que autorizara el aprovechamiento comercial
3) La terca realidad ubica que los locatarios fueron inducidos a creer que la operación era plenamente legal y transparente; 4) la obtención de beneficios económicos privados mensuales; 5) la falta de rendición de cuentas sobre ingresos, pagos, servicios y obligaciones fiscales de quien usufructuó el predio. El corazón del caso no está en que se vendieran antojitos, hamburguesas o bebidas
Está en determinar quién autorizó que el suelo público se convirtiera en mercancía privada y quién permitió que esa situación sobreviviera durante siete años: 40 establecimientos pagaban aproximadamente seis mil pesos mensuales. Esa operación produciría cerca de 240 mil pesos al mes y 2.88 millones de pesos al año. Proyectada durante siete años, la cantidad superaría los 20 millones de pesos
Urge una auditoría. Determinar cuántos locales funcionaron cada año, cuánto pagaba cada uno, quién expidió recibos o facturas, a qué cuentas ingresaron los recursos, qué impuestos se declararon, cuánto se cobró por agua y energía eléctrica, quién contrató los servicios de agua y energía eléctrica de todos los locales y si existieron contraprestaciones entregadas a alguna dependencia. Es evidente que los cobros existieron; por ello, deben revisarse los contratos privados, transferencias bancarias, recibos, declaraciones fiscales y comprobantes de gastos
La transparencia no puede limitarse a colocar cintas alrededor del terreno y declarar recuperado el patrimonio. Recuperar el inmueble es apenas el primer acto. Falta recuperar la verdad financiera. Cuando un particular obtiene ingresos de un bien público sin una contraprestación clara para el Estado, el daño no se limita al dinero que ingresó a sus cuentas
También incluye lo que el Gobierno dejó de cobrar, el uso del suelo, los servicios consumidos, el desgaste del inmueble y la ventaja económica obtenida frente a otros empresarios que sí pagaban rentas comerciales a precios de mercado. La pregunta no es solamente cuánto ganó Edén Caraveo Carvalho. La pregunta es: quién avaló las rentas clandestinas en La Antojería y ¿Cuánto perdió Tabasco?
SEPTIMO SELLO
La aparición del ex priista, ahora de MC: Erubiel Alonso en “apoyo a los locatarios” contamina y demuestra que el conflicto está siendo utilizado como plataforma política. Su petición de una prórroga de seis meses carece de justificación válida, cierto es que los comerciantes defraudados necesitan tiempo para desmontar estructuras, recuperar equipos y buscar nuevos espacios
Pero la intervención de Erubiel Alonso, lejos de ayudarlos, los perjudica en razón que Erubiel Alonso al buscar sólo el beneficio electoral: mancha, degrada una lucha de por sí ilegal. Políticos así, poseen un instinto carroñero extraordinario para detectar cámaras en los lugares donde existe desesperación y sufrimiento. Llegan cuando el conflicto ya estalló, se colocan junto a los afectados, se toman la foto y ofrecen gestiones que muchas veces carecen de viabilidad jurídica, tratando de vender “espejitos por oro”
SEPTIMA TROMPETA
El problema no es que un actor político escuche a los comerciantes. El problema es convertir su tragedia en utilería de campaña. Erubiel Alonso tendría que fijar una postura completa. No basta con pedir una prórroga. Debería primero exigir que se investigue el fraude cometido por el particular, la auditoría, los cobros mensuales, montos anuales, suma total, que se determine la responsabilidad del administrador y que comparezcan los funcionarios adancistas que toleraron la ocupación
Defender únicamente la permanencia puede terminar beneficiando indirectamente a quien administró el espacio. Defender a los locatarios implica separar sus intereses de los del particular que les rentaba. Una oposición seria no se limita a tomarse fotografías sonriendo junto a las víctimas. Investiga, documenta y promueve acciones legales. Lo demás es turismo político carroñero en zona de desastre
SEPTIMA COPA
En un tema altamente delicado: el ex Superintendente del Concilio de las Asambleas de Dios, Rubén Guillén Altunar acaba de ser sentenciado a 32 años de cárcel y una multa de 2000 días de salario mínimo por el delito de pederastia. Es terrible y lamentable que el máximo líder de una asociación religiosa haya cometido este delito en contra de una menor de 11 años y 3 meses, la cual era su sobrina, además que él era su pastor en la iglesia El Shaddai en la ranchería La Lima
Doloroso escenario, pero justo es que el gobierno de Tabasco ubique a los lobos rapaces religiosos, aplique el marco jurídico con certeza y establezca ante la sociedad que no existe impunidad para ellos y brille la justicia para la víctima; este caso reclama espacio para el análisis serio y profundo. La justicia que Fabián López Hernández como actual Superintendente del Distrito Tabasco del Concilio de las Asambleas de Dios le negó a la víctima y sus padres dentro de la asociación religiosa, la justicia del Estado la resarció en 32 años de prisión corporal. Regresamos sobre el tema

